este Tribunal de Ejecución Ordena: EJECUTESE LA SENTENCIA Y HÁGASE EL CÓMPUTO DE LEY. A tales efectos: Se determina que el adolescente antes identificado fue sancionado por la comisión del delito de: ROBO AGAVADO, contemplado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, cometidos en perjuicio de la ciudadana LUZ MARIA UZCATEGUI ZAMBRANO, a cumplir las medidas previstas en el artículo 620 literales “b” y “d” en concordancia con los artículos 624 y 626 de la ley especial que regula la presente materia, que consisten: IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, con el fin de regular el modo de vida de la adolescente, se obliga a cumplir con las siguientes normas: 1.- Obligación de someterse al cuidado y vigilancia de sus representantes, quienes deberán suscribir acta de compromiso conjuntamente con el adolescente. 2.- Prohibición de acercarse a la victima ciudadana LUZ MARIA UZCATEGUI ZAMBRANO. 3.- Obligación de continuar con sus estudios y en caso de laborar pr.....