En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, para conocer de la presente demanda y declina la competencia del juicio de EJECUCION DE HIPOTECA MOBILIARIA intentado por la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., en contra del ciudadano FREDDY PASCUAL RICCI SANCHEZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.141.832, al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a quien se acuerda remitir el presente expediente.
Déjese transcurrir el lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir del primer día de despacho siguiente al de hoy, previsto en el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de la regulación de la competencia.
No se hace pronunciamiento sobre las costas por la naturaleza de la decisión.