PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070, de fecha nueve (09) de diciembre del año dos mil dieciséis (2016), dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, formulada por los ciudadanos María Andreina Camacho y el ciudadano Edwin Antonio Nieto Martínez; SEGUNDO: Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante por ante la Oficina de Registro Civil Municipio Barinas, Estado Barinas, siendo ambos civilmente hábiles para contraer Matrimonio, y cuya Acta quedó asentada en Acta Nº 1360, Folio N° 1360, Tomo N° 6 del año 2013, de los libros del archivo llevados por ese Registro Civil; la cual se acompaña a la solicitud bajo examen, inserta a los Folios (05 y 06) del presente asunto.-TERCERO: Remítase mediante Oficio con Copia Certificada del presente fallo con inclusión del auto que lo decla.....