SE DECLARO: Primero: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Rowar Rangel Molina, en su condición de defensor privado de los imputados Elvis Enrique Castillo Escalona y Antony Josue Balecillo Álvarez; contra la decisión dictada en fecha 16.06.2014 y publicada en fecha 19.06.2014, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual calificó como flagrante la aprehensión de los imputados Elvis Enrique Castillo Escalona y Antony Josue Balecillo Álvarez de conformidad con el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Robo Genérico previsto y sancionado en el articulo 455 del Código Penal Venezolano y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal Vigente. Segundo: Se CONFIRMA decisión dictada en fecha 16.06.2014 y publicada en fecha 19.06.2014, por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal.