JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Barinas, 07 de Octubre de 2009.
199° y 150°
Visto el anterior libelo de demanda y los recaudos acompañados presentados por el abogado: CESAR MIQUILARENO Y IRLENY TOLEDO, Titular de la cedula de identidad Nº 3.354.365 y 13.062.365 respectivamente, e inscrito en el Inpreabogado bajo los Nros 83.878 Y 90.617, en su carácter de Apoderados Judiciales del "FONDO ÚNICO DE CRÉDITO DEL ESTADO BARINAS" (FONCREB) por medio del cual demanda por EJECUCIÓN DE HIPOTECA, al ciudadano VIVAS SANCHEZ VICTOR VICENTE venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.997.256, y por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho y se ordena darle el curso de Ley correspondiente. En consecuencia, de conformidad con el Articulo 660 y 661 del Código de Procesamiento Civil, intím.....