En corolario de lo anterior, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para continuar en el conocimiento de la presente causa y solicita la regulación de la competencia conforme a lo previsto en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil ante el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas a los fines del pronunciamiento sobre el conflicto negativo de competencia planteado. Remítase el expediente con oficio al Juzgado Superior Cuarto Agrario. Envíense anexas al oficio copias de las Resoluciones Nros 2009-0049 de fecha 30-09-2009 y 2007-0049 de fecha 28-11-2007 al Juzgado Superior Cuarto Agrario.
Publíquese, Regístrese y expídanse las copias de ley
Dada, sellada y firmada, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción .....