Primero: Se declara SIN LUGAR, la acción intentada mediante juicio de Rendición de Cuentas, incoado por el ciudadano Trino José Méndez Figueredo, asistido por el abogado en ejercicio Omar José Gilly Montes, contra la ciudadana Carmen Dolores Arias viuda de Figueredo, todos suficientemente identificados en autos.
Segundo: Se condena en costas a la parte demandante conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Tercero: Notifíquese las partes mediante boleta librada por el Juez y dejada por el Alguacil en el domicilio constituido por las partes, de conformidad con lo establecido en el articulo 233 del Código de Procedimiento Civil.