SE DECLARO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el ABOG. RALFIS CALLES RIVAS, actuando en su carácter de Defensor Privado del imputado RAFAEL EDUARDO ORNELA MARTINEZ, contra la decisión publicada en fecha 03-08-07,con motivo del acto de la Audiencia de Calificación de Flagrancia celebrada el día 29/07/2007, por el Tribunal de Control N° 05 de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. En consecuencia, queda CONFIRMADA la referida decisión. Todo ello, con fundamento a lo dispuesto por el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.