Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana: ESTILITA RAMONA AZUAJE PERAZA.
Se declara SIN LUGAR la querella interdictal por despojo intentada por la ciudadana: ESTILITA RAMONA AZUAJE PERAZA, contra el ciudadano: ALONZO ALBERTO ALVARADO RIEGO.
En consecuencia queda así CONFIRMADA la decisión apelada.
Se condena en las costas del recurso a la parte apelante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.