este tribunal homologa por no contrariar disposiciones legales ni el interés
superior de la adolescente de autos se acuerda oficiar al ente patronal para
que realice los correspondientes descuentos y depósitos como se hace en la
actualidad con los montos homologados se declara el cese y archivo de la
presente causa, es todo. Termino se leyó y conformes firman. Sigue firma
ilegible de la Secretaria. Quien suscribe Leandra Armario Blanco, en mi carácter de
secretaria del este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación de esta Cifcunseripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es
copia fiel y exacta tsusorigJn~f$sl Gursantes al folio _del Expediente MD11-V-
2012-000409, es tódo)ile:.conformidad;con el articulo 112 del Código de procedimiento
Civil. (¡r