V
DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por las profesionales del derecho SARAYEN LEON JAIMEZ y JOGNIA CONTRERAS VELAZCO, inscritas en el I.P.S.A bajo los Nos. 82.674 y 120.808, respectivamente, actuando con el carácter de Defensoras privadas del acusado JOSÉ MANUEL LÓPEZ ROSALES, en contra de la decisión de fecha dieciocho (18) de Octubre de 2011, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, durante la celebración de la audiencia preliminar, mediante la cual se admitió totalmente el escrito acusatorio presentado por el Ministerio Público en contra de los ciudadanos JEAN CARLOS MOLERO SOTO, YORDIN CARMONA GONZÁLEZ y JOSÉ MANUEL LÓPEZ ROSALES, como coautores.....