Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado: Francisco Pumar.
Se ordena al Juzgado a quo ADMITA la prueba de informes promovida por la parte actora en el escrito de promoción de pruebas.
Se REVOCA PARCIALMENTE el auto recurrido de fecha 17 de julio de 2012, sólo en lo que respecta a la inadmisión de la prueba de informes promovida por la parte actora.