Se Declaro: sin lugar el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano: Juan Carlos de los Ríos Rattia asistido por el Abg. Luis Rodolfo Campos, contra la decisión de fecha 10 de Enero de 2007, dictada por el Tribunal de Control N° 06 de este Circuito Judicial Penal, en consecuencia queda CONFIRMADA la referida decisión. Todo ello, con fundamento a lo dispuesto por el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.