Analizados los supuestos de procedencia anteriormente expuestos, observa este Tribunal que la decisión recurrida ante esta instancia por medio del recursos de casación ya analizado, cumple con todos los requisitos de procedencia, por lo que, debe este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL CUARTO AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, declara: ADMISIBLE el Recurso de Casación, anunciado en fecha martes seis (06) de abril de 2010, por los abogados MILAGRO YUBIRY ORTEGA GARCIA Y FELIX MOISÈS ROSALES GARCIA apoderados judiciales de la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL PROTINAL COMPAÑÍA ANONIMA, contra la sentencia dictada por este Tribunal en fecha cinco (05) de febrero de 2010. ASÍ SE DECLARA.