En el presente caso, la defensa manifiesta que su defendido esta dispuesto a cumplir las condiciones que el Tribunal tenga a bien imponer a su favor y que no posee conducta predelictual dañosa, por lo cual considera quien decide que, considerando que los delitos por los cuales se les sigue el presente procedimiento no son de mayor gravedad, aunado a que, fue presentada acusación en fecha 09-05-07, por el Delito de Porte ilícito de arma de fuego, habiéndose imputado en delito de Homicidio Intencional simple en fecha 09-04-07, y ya que la Fiscalía del Ministerio Público luego de obtenidos los resultados de las investigaciones, y presentado su acto conclusivo de donde se observa que la investigación concluyo, por lo cual, tal y como lo dispone la ley, siempre que pueda ser satisfecho el aseguramiento del proceso por medios idóneos distintos a la privación preventiva de libertad, debe darse preferencia a éstos, por lo que resulta ajustado a derecho acordar que el imputado enfrente el pr.....