En consecuencia, y en razón de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente explanadas, este Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, formulada por el ciudadano: ISAI FONSECA CACERES, venezolano, mayor de edad, domiciliado en Jurisdicción del Municipio Andrés Eloy Blanco del estado Barinas, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio: CARMEN ALICIA SALAZAR FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.128.251, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 14.981; con fundamento en los artículos 445 y 458 del Código Civil vigente; y en tal sentido, se ordena la respectiva INSERCION DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del referido ciudadano ya identificado, quien nació en fecha 31 de Octubre del año 198.....