DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, MARIELA JOSEFINA MORALES y ADELSO JESÚS RÍOS MELEAN, en fecha 07-01-1989, ante el Jefe Civil y Secretario de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del estado Zulia, tal como se evidencia de acta de matrimonio signada con el No. 16, libro 1, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Jefe Civil de la Parroquia Cacique Mara del municipio Maracaibo del estado Zulia y al Registro Principal del estado Zulia, a objeto de que estampen la nota marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en el artículo 72 ordinales 3º y 9º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.....