En mérito de la consideración antes expuesta este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, la Inserción de la Partida de Nacimiento de la Ciudadana: YAJAIRA JAKELYN BECERRA
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda formalmente establecido que la ciudadana YAJAIRA JAKELYN BECERRA, nació el 01 de Diciembre en el año 1.980, en el HOSPITAL LUIS RAZETTI, DEL MUNICIPIO BARINAS, ESTADO BARINAS,
TERCERO: Se ordena la INSERCIÓN de la presente Sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio Barinas, del Estado Barinas, para que lo sucesivo le sirva de partida de nacimiento a la ciudadana YAJAIRA JAKELYN BECERRA.
Publíquese y Regístrese.
Dada, Firmada y Sellada en.....