Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana, DIANA ACEVEDO LUNA venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 23.168.119, en contra de la Firma Unipersonal MOTO REPUESTOS YAMAZAKI representada por el ciudadano PEDRO OLINEDIS CALDERON ROZO venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 11.913.345.
SEGUNDO: se condena a la parte demandada, antes identificado, a pagar al demandante la cantidad de DOS MIL NUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.2009,55) por concepto de Prestaciones Sociales y demás indemnizaciones laborales por la terminación de la relación de trabajo por despido del trabajador indicado en la parte Motiva de la presente deci.....