Este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considerando que la inhibición está hecha en la debida forma y fundada en causa legal, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION de la Abogada YRIANA DIAZ PEÑA, en su carácter de Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, formulada en la demanda por REINTEGRO DE DEPOSITO interpuesta por el ciudadano CAM SEO FUNG, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.602.692, domiciliado en la ciudad de Barinas del Estado Barinas, contra el ciudadano GABINO REGEIRO AMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.064.099.