esta juzgadora considera que es procedente decretar la ejecución forzosa en los términos convenidos en la transacción, conforme al procedimiento previsto en los artículos 892, 526 y 528 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA la ejecución forzosa de dicha transacción; por consiguiente, se ordena a la parte accionada hacer entrega inmediata a la parte accionante, sin plazo alguno, de un local comercial que forma parte de un inmueble de mayor extensión, propiedad de la ciudadana NOEMI DEL CARMEN BALESTRINI DE CONTRERAS, el cual se encuentra ubicado en la Avenida Elías Cordero Uzcátegui, cruce con callejón 6, frente al Grupo Escolar 24 de junio, de esta ciudad de Barinas, distinguido con el N° 7-53 y alinderado de la siguiente manera: NORTE: Calle Coromoto; SUR: Terrenos ocupados por Jorge Palacios; ESTE: Casa del señor Valentín Ron; y OESTE: Casa del señor Antonio Pérez Borrajo. Líbrese mandamiento de ejecución al Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de esta Circunscripc.....