DECISIÓN
En vista de las consideraciones antes expuestas es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SOSA Y ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, según el articulo 185-A, formulada por los ciudadanos: YILVER JOSE JARA ANDUEZA Y BEATRIZ ELIZABETH GONZALEZ ROMAN venezolanos, mayores de edad, hábil en derecho, titulares de las cédulas identidad Nos. V-14.933.254 y V-21.168.309, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos en fecha nueve (09) de Junio de 2015, según consta en Copia certificada del Acta de Matrimonio, signada con el Nº 18, que corre inserta en los libros de Registro Civil llevado por el Registro Civil de la Parroquia Dolores, Municipio Rojas del Estado Barinas.
SEGUNDO: Expídanse cop.....