En consecuencia, este JUZGADO DEL MUNICIPIO ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, por estimar que el referido convenimiento va en beneficio del interés superior del Niño GRAGORIO ALEJANDRO FAJARDO HERRERA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte Formal HOMOLOGACION al referido Convenimiento y ordena el cese del procedimiento y en consecuencia el Archivo del Expediente. Regístrese, publíquese y expídanse las Copias de Ley.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- Libertad, a los Nueve (9) días del mes de Enero del año Dos Mil Siete (2.007).- Año 196° y 147°.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. NORIS ASTINA ROMERO
EL SECRE.....