DISPOSITIVA.
En atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA HUMANITARIA, concedida al Penado RAFAEL RAMON ARAUJO VALERO, Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.262.098; todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal reformado.
Notifíquese la presente decisión a las partes, ofíciese al Director del Internado Judicial del Estado Barinas y a la División de Control y Vigilancia del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia, remitiendo copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Barinas a los nueve (09.....