PRIMERO: Declara PARCIALMENTE LUGAR la demanda de Partición de la Comunidad Conyugal, intentada por la ciudadana María Efigenia Ruiz, contra el ciudadano Benito José Uzcátegui, ya identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratorias que precede, se ordena la partición en proporción a un cincuenta por ciento (50%), para cada una de las partes en litigio, en lo que respecta al Bien Inmueble constituido por una casa de habitación familiar, edificada sobre bases de concreto, paredes de bloques de cemento, de dos (2) plantas, de platabanda y techo de zinc, construida sobre una parcela de terreno propiedad de la municipalidad, que mide casa doce (12) metros de frente por cincuenta (50) metros de fondo, ubicada en la avenida Bolívar de la población de Barrancas, Municipio Autónomo Cruz Paredes del Estado Barinas, cercada completamente con bloques de cemento; alinderada así: norte: con mejoras de Eugenio Altuve, sur: con mejoras de Roberto Moreno, este: con mejoras de Carmen de Torre.....