Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la QUERELLA FUNCIONARIAL interpuesta por el ciudadano EDISON ANTONIO GÓMEZ LAMEDA, titular de la cédula de identidad Nº 12.032.559, asistido por el abogado Nihad Muhammad Hamdan, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.477, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARINAS ESTADO BARINAS, en virtud de que la instancia se ha extinguido de pleno derecho por paralización de la causa por más de un año.