DECISIÓN
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara parcialmente CON LUGAR la demanda de Nulidad de acto administrativo de efectos particulares interpuesto por ANGULO NIETO ANTONIO JOSE contra la Cámara Municipal del Municipio Independencia del Estado Táchira y en consecuencia se declara la nulidad Absoluta del Acto Administrativo de efectos particulares, revocatorio del permiso de construcción, emitido por la Cámara Municipal del Municipio Independencia del Estado Táchira, sin número de fecha 24 de Noviembre de 2000, dándole plena vigencia y validez al permiso de construcción otorgado en fecha 2 de Octubre del año 2000.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por haber sido declarada parcialmente.....