DISPOSITIVA.
Fundamentando en lo anteriormente expuesto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, de conformidad a lo previsto en el artículo 647 literal “e”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual ordena “revisar las medidas por lo menos una vez cada seis meses, para modificarlas o sustituirlas por otra menos gravosa...” y en cumplimiento a los Instrumentos Jurídicos Internacionales, como son Las Reglas de las Naciones Unidas para la Protección de los adolescentes privados de libertad, para que puedan gozar del beneficio de libertad, ORDENA SUSTITUIR LA MEDIDA DE PRIVACION DE LIBERTAD, POR UNA MENOS GRAVOSA COMO ES LIBERTAD ASISTIDA, prevista en los artículos 620 literal “d” y 626 de la Ley Orgánica para la Protección d.....