DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, interpuesto por la Abogada Iraida Maria Guillen Cantafio, en su carácter de Fiscal 2° del Ministerio Público, contra el auto dictado en fecha 13.10.06, por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en el que decretó Libertad Plena al imputado José Sthinfenson Guerrero Carvajal.Todo ello con fundamento a lo dispuesto por el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, bájese la presente causa al Tribunal de origen.
Es Justicia, en Barinas a los nueve días del mes marzo del año dos mil Siete. Años: 196º de la Independencia y 148º de la Federación.
El Juez Presidente,
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, .....