Vista y analizada cada una de las actuaciones presentadas en la siguiente causa y cumpliendo con lo ordenado por el comitente, este TRIBUNAL DETERMINA:
Primero: La Alcaldía del Municipio Rojas cancelara con el primer crédito adicional que reciba en este año 2008, la cantidad de 44.418,95 BsF , y la suma por la misma cantidad con el segundo crédito adicional que le sea otorgado a la municipalidad.
Segundo: Los intereses devengados por la cantidad de 88.837,90 BsF, correspondiente al beneficio de jubilación otorgado al ciudadano Macario Unda Arias, producto de la demora en su liquidación, serán calculados al 1% mensual y la municipalidad deberá incluirlos en el presupuesto ordinario del año 2009 a menos que exista provisión de fondos en el año 2008 y pueda cancelarlos de acuerdo al artículo 158 ordinal primero de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
Tercero: En el caso en que la municipalidad solo recibiere un solo crédito adicional durante el ejercicio fiscal 2008, .....