este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Los Andes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la Abogada María Karina Peña Ortega, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil INVERSIONES VARYNA COUNTRY CLUB S.A., contra la sentencia dictada en fecha 11 de agosto de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
SEGUNDO: Se declara consumada la perención breve y extinguida la instancia, en la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE FIANZA, interpuesta por la Abogada YNGRID GARCÍA DE SILVERI, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 23.747, actuando con el carácter de apoderada judicial de la Empresa INVERSIONES VARYNA COUNTRY CLUB S.A., contra la Empresa SEGUROS ALTAMIRA C.A. Queda así.....