En mérito de las consideraciones antes expuestas este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de rectificación del acta de nacimiento del ciudadano WILLIAM ALEXANDER MEJIAS BARRIOS, representado por la abogada: VILMA NAIR GUILLÉN, asentado por ante la oficina de Registro Civil la Parroquia Ignacio Briceño Méndez del Municipio Pedraza estado Barinas, bajo el número doce (12) de fecha seis (06) de Febrero de mil novecientos sesenta y ocho. Así se decide.-
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, se ordena sea rectificado el nombre del ciudadano: HILARIO MEJIAS, siendo lo correcto HILARIO VALENTÍN MEJIAS y no HILARIO, como equívocamente aparece en el acta el padre del solicitante. Así se decide.
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