En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el obligado ciudadano: RAMON ALEXANDER MARQUEZ MENDEZ, convino en fijar como OBLIGACION ALIMENTARIA, en beneficio de su hija, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,oo) lo que es el equivalente a DOSCIENTOS BOLIVARES FUERTE (Bs. F.200,oo) mensuales, mas el pago de una cantidad igual adicional en los mes de Diciembre como Bonificación de fin de año; así como a contribuir con el 50% de los gastos médicos, medicinas, recreación, educación y vestido cuando ésta lo requiera; y dichas cantidades de dinero serán depositadas en la cuenta de ahorros, que a petición de la madre de la solicitante, se .....