Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO en la presente causa, efectuado por la ciudadana MARIA DE LOS ANGELES QUINTERO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-26.603.688, actuando en nombre y representación de su hijo SE OMITE EL NOMBRE de tres (03) años de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y le da carácter de Cosa Juzgada. Reservándose el Tribunal el archivo del expediente dada la naturaleza de la presente acción.-