PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de cobro de bolívares por intimación intentada por el ciudadano Julio Antonio Pérez Pérez, contra el ciudadano Henrri Alva Rivas, antes identificados.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a la parte demandada pagar a la parte actora, las siguientes cantidades de dinero: la suma de treinta mil bolívares fuertes (Bs.F.30.000,00) por concepto del monto total de la letra de cambio objeto de demanda; más la suma de un mil quinientos sesenta y nueve bolívares fuertes con ochenta y seis céntimos (Bs.F.1.569,86), por concepto de intereses moratorios calculados a la rata del cinco por ciento (5%) anual causados hasta el 17 de julio del 2008, fecha en que fue calculado tal monto a los fines de que este Tribunal proveyera sobre la admisión de la demanda intentada; más la indexación judicial o corrección monetaria cuyo monto será calculado mediante una experticia complementaria del fallo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 249 del Có.....