En consecuencia por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Decreta: Primero: La Aprehensión en flagrancia del imputado JOSÉ AMERICO RAMIREZ FALCON, venezolano, portador de la cédula de identidad N° V.-13.682.835, (la porta), de 33 años de edad, nacido el 19-04-1973, natural de Barinas Estado Barinas, de ocupación Constructor, residenciado en el caserío "La Yuca", casa S/N, como a una cuadra del Liceo Loida Vasquez de Castillo, Municipio Cruz Paredes del estado Barinas, hijo de Clemencia Falcón (v) y Americo Ramírez Torres (v); de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 405, en relación con el artículo 80 en su segundo apa.....