En consecuencia, prospera la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos: KIVY YULIHET GUERRERO GUERRERO Y CARLOS EDUARDO BASTIDAS ISARRA, antes identificados. Así se decide.
En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: KIVY YULIHET GUERRERO GUERRERO Y CARLOS EDUARDO BASTIDAS ISARRA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-23.558.260 y V-19.783.170, respectivamente, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Pedraza del estado Barinas, en fecha 13 de Agosto de 2015, según se evide.....