En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Agraria de la Circunscripción Judicial del Barinas- sede Barinas- NIEGA OIR el Recurso de Apelación, presentado el 20 de Enero de 2.017 por el abogado Enmanuel A Alfonso Duran, actuando como Apoderado Judicial de la parte demandada, contra la decisión interlocutoria de certeza procesal dictado por esta Instancia el 17/01/2017.
Publíquese, regístrese, y Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y a los fines de los Ordinales 3° y 9° del artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los diez días del mes de febrero de 2017