DISPOSITIVA
Oída la exposición de las partes este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 03, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: NIEGA LA MEDIDA CAUTELAR solicitada por la defensa, de los acusados NELSON ENRIQUE VILLAMIZAR, CARLOS LUZARDO Y VÍCTOR JULIO MERCHÁN; por ser improcedente, de conformidad con lo previsto en el artículo 253 del COPP. Se ordena asistencia medica y traslado del imputado NELSON ENRIQUE VILLAMIZAR , con las seguridades del caso hasta el departamento de Cardiología del Hospital Luis Razetti, de este Estado; así como traslado a la Médicatura Forense; Igualmente se ordena aperturar una investigación a través de la Fiscalia 12° del Misterio Público, a los Funcionarios de la Guardia Nacional con servicio, en el INJUBA, encargados de la requisa en fechas recientes
Dada, sellada y firmada a los diez (10) días del mes de marzo de 2008.
JUEZ DE JUICIO UNIPERSONAL N° 3
ABG. .....