DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO, LA MEDIDA CAUTELAR CON PRESENTACIONES PERIODICAS, acordada en fecha 16 de Junio de 2006, al Imputado GRATINIANO JAIMES CONTREAS, venezolano, de 29 años de edad, titular de la Cédula de Identidad número V° 14.787.581, de profesión u oficio Vigilante, grado de instrucción: 6° de primaria, hijo de Gratiniano Jaimes Medina y María Delia Contreras de Jaimes (ambos vivos), residenciado Mariara Estado Maracay, Barrio Los chaguaramos, manzana 6, casa N! 13, teléfono 0412-4171387, por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal. Se acuerda librar Orden de Aprehensión al imputado, a los fines de proseguir el proceso, se ordena oficiar al Cue.....