DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, habiéndose cumplido con los principios que rigen el proceso Penal acusatorio y dando cumplimiento a las Garantías y Derechos Constitucionales del Debido Proceso, este Tribunal Unipersonal llega al convencimiento y la certeza producida por los medios probatorios presentados por el Ministerio Público, las cuales analizadas de conformidad con la Sana Critica, las reglas de la Lógica y los conocimientos Científicos y las Máximas de Experiencia, de conformidad con el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano: : ALCIDES RAMON MATUTE, venezolano, de 39 años de edad, natural de Guasdulaito Estado Apure, nacido en fecha 24/03/67, titular de la cédula de identidad N° 8187421, de profesión u oficio Publicista, hijo de Ana Balbina Matut.....