Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas; Este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: DECRETA: PRIMERO: Como FLAGRANTE la aprehensión del imputado JAIRO HUMBERTO LUNA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.191.627, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PRIVACION JUDICIAL DE LIBERTAD, contra el imputado JAIRO HUMBERTO LUNA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 19.191.627, mayor edad, de 21 años de edad, nacido el 17/08/1987, natural Barinas, Estado Barinas, profesión u oficio Obrero, estado civil soltero, residenciado en barrio Mi Jardín, sector El Valle, casa sin número de esta ciudad de Barinas, Estado Barinas; por la presunta comisión.....