En este estado el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rojas y Sosas de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Embargados Preventivamente los bienes arriba señalados Ut supra identificados, se decreta la Desposesión Jurídica de los bienes y se hace formal entrega a la depositaria designada quien expone: "Recibo conforme los bienes señalados, los cuales serán trasladados a los depósitos de mi representada ubicada en la Av. Paez entre Callejón Coromoto y Calle Nicolas Briceño. A media cuadra del Liceo 25 de Mayo de la ciudad de Barinas, en un vehículo 3.50 placas 098-HAH, conducido por el ciudadano José Ignacio Montoya, titular de la cédula de identidad 4.931.305, es todo". Seguidamente se le concede el derecho de palabra al abogado actor quien expuso: en vista de que se cubrió la totalidad del monto reflejado en la comisión, estoy conforme con los bines aquí embargados". Es to.....