este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos Ender Elías Moncada Torrez y Morela del Carmen Martínez de Moncada, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL por ellos contraído por ante la Prefectura de la Parroquia Alfredo Arvelo Larriva, Municipio Barinas del Estado Barinas, en fecha ocho (08) de septiembre de 1995, según se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio Nº 26.