PRIMERO: Se decreta como flagrante la aprehensión del ciudadano JOSE DANIEL LOPEZ RIVAS, de nacionalidad venezolano, de nacionalidad venezolano, natural de Socopo estado Barinas, titular de la cédula de identidad Nº V-20.150.737, de 26 años de edad, hijo de Maria Rivas (V) y de Ananay López (F), ocupación u oficio Albañil, residenciado: Barrio nueva Venezuela, calle principal cerca del mercal de nueva Venezuela, casa de mi hermana Irelis López teléfono:0416-6699203 por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIA JOSEFINA AVILA BARBOZA. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aplicar el procedimiento especial contenido en el Capítulo IX. Sección Sexta ejusdem, a fin de que el Ministerio Público presente el respectivo acto.....