CUSTODIA con el padre del adolescente ya indicado con Régimen de Convivencia Familiar amplio siempre y cuando no interrumpa las horas de descanso y de estudio de su hijo y no interrumpa sus actividades cotidianas y previo acuerdo entre los padres para que compartan con el adolescente;. Acuerdos que en este mismo acto conforme al artículo 470 lopnna este tribunal homologa por no contrariar disposiciones legales ni el interés superior del Adolescente de autos se declara el cese y archivo de la presente causa, es todo. Termino se leyó y conform-)s ir Pl. n.