DECISIÓN
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Se DECLARA COMPETENTE para Decretar Medida Cautelar de Protección Agroalimentaria y Ambiental presentada por el ciudadano Marwuin Reymundo Armas Dávila, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.572.526, debidamente representado por el abogado Ricardo José Camacho, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 281.827, sobre el predio denominado "LA GLORIA DE DIOS, ubicado en el sector Barragan, Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del estado Barinas, conformado por una superficie de terreno de Cincuenta y Seis Hectáreas con Tres Mil Ciento Cuarenta Metros Cuadrados (56 Has con 3.140 m2), dentro de los siguientes linderos Norte: Terrenos parcelamiento Vega del Río; .....