Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN, incoada por la abogada LUZ ELBA GILLY, identificada anteriormente, en su carácter de endosataria en procuración de siete (7) letras de cambio, libradas a favor de la ciudadana: TRIFINA ELIZABETH MARQUEZ, quién a su vez las endosó al ciudadano JUAN CARLOS BAUTISTA, anteriormente identificado, en contra del ciudadano: SILVINO DA SILVA SANCHEZ, igualmente identificado, en consecuencia se condena al demandado perdidoso a pagar a la demandante las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: La cantidad de TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 3.600.000,00) por concepto del capital representado en las letras de cambio.