En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: Declara INADMISIBLE el Asunto Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad, interpuesto en fecha 06 de Junio de 2012, por el ciudadano RICARDO ANTONIO ARAUJO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.916.847, asistido por el abogado José Lubin Vielma, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.130.778, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.649, con domicilio procesal en la Avenida Sucre, sede de Maxi Autos, Barinas, Estado Barinas; contra el acto administrativo dictado por el directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en reunión extraordinaria 157-11-1, de fe.....