D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuesta este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por RECLAMO DE BENEFICIOS LABORALES (CESTA TICKET), incoada por la ciudadana AMELIA LUCIA GOMEZ GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.383.439 contra la "CENTRAL COOPERATIVA BARINAS" (CECOBAR).
En consecuencia, se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 6.371.675,00). Así como los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos expuestos en la motiva del presente fallo, a cuyos efectos se ordena experticia complementaria del fallo.
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